Miras la factura de la luz y hay algo que no encaja. No has cambiado de casa, no has comprado ningún electrodoméstico nuevo y consumes prácticamente lo mismo que hace unos meses. Pero pagas más. Llamas para preguntar y nadie te da una explicación clara.
No es un error de facturación. En la mayoría de los casos es una subida de la luz perfectamente legal, que llega cuando el contrato cumple un año y nadie lo revisa.
Por qué se produce la subida de la luz justo al año
Cuando contratas una tarifa en el mercado libre casi nunca pagas el precio real de esa tarifa. Pagas ese precio menos un descuento de bienvenida: un 10%, un 15%, a veces dos descuentos que se suman. Es lo que hace que la tarifa parezca imbatible el día que la firmas.
Ese descuento tiene fecha de caducidad, y suele ser de doce meses. Cuando vence, la compañía está obligada a avisarte con un mes de antelación, por escrito y en un documento aparte de la factura. El problema no es que no te avisen: es que ese aviso llega entre otros cien correos y casi nadie lo abre. El contrato sigue vivo y vuelves al precio de tarifa. La subida aparece diluida dentro de una factura de tres páginas, entre peajes, impuestos y alquiler de contador. Por eso casi nadie la detecta el primer mes.
A esto se suma que las comercializadoras revisan sus precios de tarifa periódicamente, casi siempre al alza. Así que al cumplir el año pueden pasarte dos cosas a la vez: pierdes el descuento y además el precio base es más alto que el que había cuando firmaste.
Cuatro tarifas reales: dónde se ve la subida de la luz
Estos son los precios de energía de cuatro de las principales comercializadoras del país. Los tres primeros salen de facturas reales de julio y agosto de 2026, sin ningún dato de cliente: solo el término de energía que cobra cada tarifa. El cuarto es el precio publicado por la compañía.
Tres de estos precios salen de facturas reales de julio y agosto de 2026; el cuarto es una tarifa publicada por la propia compañía, vigente a esa misma fecha. No se citan por su nombre a propósito: lo que importa aquí es el rango, no quién lo cobra.
Lo primero que salta a la vista es el rango: entre la más cara de catálogo y la más barata hay más de cinco céntimos por kWh. En un hogar que consuma unos 3.000 kWh al año, que es un consumo corriente de vivienda familiar, esos cinco céntimos son más de 150 € al año. La misma casa, el mismo enchufe, el mismo consumo.
Y lo segundo, que es lo que casi nadie ve: el descuento es lo único que separa una tarifa buena de una cara. La más cara de catálogo, con su 15% más un 5%, se queda en 0,130883: prácticamente lo mismo que cobra otra de tarifa base sin descuento ninguno. El día que ese descuento vence, esa factura pasa de 0,130883 a 0,163604 sin que nadie haya tocado nada. En el hogar del ejemplo, con 3.000 kWh, eso son casi 100 € más al año, de un mes para otro.
Lo que no aparece en ninguna web: las contraofertas
Todos los precios de arriba son precios de escaparate: los que cualquiera puede ver entrando en la web de la compañía. Pero no son los únicos que existen.
Las comercializadoras tienen márgenes de contraoferta que no publican y que se negocian caso por caso. Es en ese hueco donde trabajo: manejo esas contraofertas para que el cliente pague lo mínimo posible. Aquí no publico a cuánto estoy cerrando hoy, porque ese número cambia cada pocas semanas y un precio viejo en una página web engaña más de lo que ayuda. Mándame tu factura y te digo qué precio puedo conseguirte hoy.
Lo que sí te puedo decir es el orden de magnitud: frente a una tarifa de catálogo con el descuento ya vencido, la diferencia en un hogar de 3.000 kWh al año no son céntimos sueltos, son entre decenas y cientos de euros según de dónde vengas. Y no depende de que aciertes con la promoción del mes: depende de que alguien pida la contraoferta por ti.
El detalle que casi nadie mira: la potencia
La energía no es lo único que se paga. Está el término de potencia, que se cobra todos los días del mes consumas o no consumas.
Aquí las diferencias también son grandes: hay tarifas de mercado libre que cobran por potencia el doble que el precio regulado. Y esto tiene una consecuencia importante que conviene entender antes de firmar nada: una tarifa de energía muy barata puede salir cara si consumes poco, porque el término fijo se come el ahorro.
La regla práctica es sencilla: cuanto menos consumes por cada kW que tienes contratado, más peso tiene el término fijo y menos compensan las tarifas con potencia cara. En segundas residencias, garajes, locales cerrados o comunidades de vecinos con consumo casi nulo, lo barato de verdad suele ser justo lo contrario de lo que anuncian.
Por eso una comparativa seria no puede mirar solo el precio del kWh. Si te dan un número sin preguntarte cuánto consumes y cuánta potencia tienes contratada, ese número no significa nada.
Cómo comprobar en dos minutos si te afecta la subida de la luz
Coge tu última factura y busca tres cosas:
Y compara ese precio del kWh con una factura tuya de hace un año. Si ha subido y tú no has hecho nada, ya tienes la respuesta.
Qué puedes hacer si te ha subido
Lo primero, saber que cambiar de comercializadora no te cuesta nada. El Real Decreto 88/2026 prohíbe cobrarte ninguna tasa por el cambio si tu contrato es 2.0TD, que es el de casi cualquier vivienda, y te da derecho a que el cambio se haga en un plazo máximo de diez días hábiles desde que lo firmas, ampliables a quince solo si hiciera falta una actuación compleja en la instalación. No hay obra, no viene nadie a casa, no se corta la luz y el contador es el mismo. Cambia quién te factura, nada más.
Si has leído por ahí que el cambio tarda veintiún días, ese plazo existe pero es otra cosa: es el tiempo que tiene tu distribuidora para mandarle la última lectura a la compañía que dejas, con el cambio ya hecho. No es lo que tardas en cambiarte.
Ahora, tres avisos por experiencia:
Si quieres darle una vuelta a otros conceptos que suelen esconder dinero en la factura, aquí tienes dos casos concretos que hemos analizado: la compensación de excedentes cuando tienes placas solares y qué ocurre cuando se te acaba el bono social. Y si el problema es que pagas por más potencia de la que usas, te lo explico en comparar tarifas de luz y gas.
¿Y la permanencia? Casi nunca es lo que te han contado
Muchas facturas traen una línea que pone Permanencia: Sí y asusta más de lo que debería. Si eres un particular con tarifa 2.0TD —la de cualquier vivienda—, el Real Decreto 88/2026 dice que puedes rescindir el contrato cuando quieras y sin ningún cargo. La única excepción son los contratos a precio fijo dentro del primer año, y ahí el máximo que pueden cobrarte es el 5 % de la energía que quedaba por suministrarte, no de tu factura: en un piso normal suelen ser unos pocos euros. Y solo si la compañía acredita el perjuicio.
Si ya te han renovado, ni eso. El Real Decreto dice que el contrato y sus prórrogas se pueden rescindir en cualquier momento y sin cargo, y no fija ningún plazo de aviso. Si tu carta de renovación te pide avisar con quince días, esa es una condición de tu contrato, no una obligación legal.
En empresa cambia la historia. Si el titular es una sociedad, o el suministro no está en 2.0TD, la ley no fija ningún tope: vale lo que ponga tu contrato, y ahí sí hay cláusulas que cuestan dinero de verdad. Esa se lee antes de firmar, no después.
Datos vigentes a septiembre de 2026.
Te la reviso yo
En HCC Energy hacemos exactamente esto todos los días: coger una factura, mirarla entera y decir si hay ahorro real o no lo hay. Cuando no lo hay, también lo decimos, porque un cambio que no aporta nada solo sirve para hacerte perder el tiempo.
No cobramos nada al cliente por el estudio. Si quieres saber si te ha subido la luz sin enterarte, mándanos tu última factura por WhatsApp o por correo y te decimos qué está pasando con ella.
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